lunes, 17 de septiembre de 2007

Ganó la transparencia, perdío el oscurantismo: evalúa a tu Maestro se hace público



Desde hace algunos meses, como parte del proyecto de transformación y democratización Universitaria, y con fundamento en el artículo 6 fracción V, donde se sujeta a la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez a la rendición de cuentas, y 8 que atribuye la legitimación activa para que cualquier persona realice solicitudes de Información Pública de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, planteamos ante el órgano competente distintas solicitudes de información, que por su trascendencia consideramos imperiosa imprimirle el carácter de pública.
La información solicitada giraba sobre cuatro grandes ejes . A saber:
Evaluaciones al docente.
Destinación y manejo de los recursos públicos de la UACJ.
Dictámenes y resoluciones del H. (sic) Consejo Universitario y Técnicos.
Licitaciones y concesiones de la Universidad.
Sobre el primer tópico -la evaluación al docente- con fundamento en el artículo 2 fracción segunda del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez, que establece como sujetos obligados al personal académico, solicitamos en reiteradas ocasiones al Comité de Transparencia y Acceso a la Información -paradójicamente presidido por el Rector según al precepto 12 del ordenamiento en comento- información sobre las evaluaciones al docente, información que nos fue negada bajo razonamientos poco claros, infundados y con una carga de opacidad que nos movió a presentar un recurso de revisión con fundamento en el artículo 35 del reglamento en mención ante el ICHITAIP .
El recurso de revisión consiste, de manera general, en promover una especie de apelación de “segunda instancia” al considerar jurídicamente derrotadle e infundada la negativa del sujeto obligado a proporcionar la información solicitada. El litigio se prolongó por más de cuatro meses, y nos complace el día de hoy informarles que gano la transparencia, es decir, a partir de hoy, todo individuo puede solicitar información sobre la evaluación de cualquier docente de la UACJ, y la Universidad tiene la obligación de proporcionar dicha información .
Las ventajas de tal resolución son de gran envergadura, ya que permitirán a los alumnos conocer de antemano el perfil del docente, cuales son sus habilidades, aptitudes, su grado de responsabilidad, su método de enseñanza y su nivel en el manejo de la materia entre muchas otras cuestiones nodales; esto además tiene como consecuencia inmediata que el personal docente su actualice y siempre este atento a desempeñar -como muchos lo hacen- de la manera más plausible su loable labor.





















1 comentario:

Anónimo dijo...

Ahora nos toca a nostros los alumnos ejercer la evaluación con responsabilidad, de lo contrario est avance podría en realidad no ser tal, ya se tornarian en extremo subjetivas las evaluciaciones y no proporcionarian bases fidedignas para tomar en cuenta.