miércoles, 14 de noviembre de 2007


Por una verdadera Alternativa.


En la carrera de Derecho, de nuestra universidad, hemos aprehendido que la ciencia se desarrolla constantemente, mucho más cuando no existen dogmas en el quehacer científico; hemos aprehendido que las ciencias tienen etapas que evolucionan según los factores que influyen en ésta; a cada una de estas etapas las podemos llamar de algún modo, paradigmas científicos.

Sabemos que la Ciencia del Derecho es poco comprensible para las demás ciencias sociales, en virtud que se piensa que la mal llamada carrera de abogados es sólo una cuestión técnica y no científica. Sin embargo, en nuestras clases de Historia del Derecho, Teoría General del Derecho, Metodología Jurídica se nos ha enseñado que la ciencia jurídica es tan antigua o más que otras ciencias sociales.

Abrimos con estas ideas, en virtud de que el tema que hoy debatimos tiene que ver con la ciencia jurídica, y nos atrevemos a decir que dicho tema, es de los que más se ha desarrollado últimamente por los grandes juristas contemporáneos; nos referimos a la interpretación jurídica.

En las carreras de Derecho que se imparten en las universidades de nuestro país, existe resistencia por parte de algunos maestros universitarios en cambiar el paradigma de la interpretación jurídica y cambiar de la interpretación lógica a la interpretación histórica-teleológica, ya que la enseñanza del derecho ha tenido una gran influencia de la Escuela Francesa de la Exégesis, la cual afirmaba que el juez sólo aplicaba lo que el legislador ya había legislado con toda la amplitud posible; sin embargo, sabemos que debido a los cambios sociales tan bruscos y a los avances científicos y tecnológicos, las normas creadas por el legislador se vuelven obsoletas y el derecho derrotable, si el juez no les da una interpretación acorde con la realidad social.

Pues el caso que nos ocupa, tiene que ver con esa parálisis de quien quiere interpretar la legislación universitaria en forma literal –exegéticamente- y se resiste a poner a la practica todo aquello que nuestros maestros nos han enseñado sobre la teoría contemporánea.

Comúnmente, el legislador no se imagina todo lo que puede pasar en una sociedad tan heterogénea, por lo que al momento de legislar estará prescribiendo sólo aquello que su imaginación alcanza a vislumbrar en el momento, dejando una gama de posibilidades que dejarían de resolverse correctamente si se hiciere una interpretación literal de las disposiciones legales, entonces, el Derecho sería derrotado, frente a las exigencias sociales, si el juez no realizara una tarea creativa (v.g. cuando se prohíbe vender bebidas alcohólicas refrigeradas, quedando fuera las bebidas alcohólicas en hielera; obviamente el propósito de la norma no es prohibir la venta de bebidas alcohólicas refrigeradas, si literalmente se hiciese la interpretación, sino vender bebidas alcohólicas frías, entonces, el propósito de la norma quedaría totalmente rebasado).

Bien, las disposiciones normativas que consideramos deben ser interpretadas armónicamente, son las que tienen que ver con los requisitos para ser candidatos, por parte de los alumnos, a los consejos técnico y universitario, concretamente aquél requisito que exige tener una carga académica de 35 créditos en el semestre de elección.

Resulta que dicho requisito tiene como propósito que quien represente a los estudiantes sea un alumno regular, es decir, que curse más del 50% de la carga académica que un alumno pueda cursar, tal como lo establecían las legislaciones anteriores. Ya que si se interpreta literalmente las disposiciones en mención, muchos de los estudiantes quedarían en desventaja respecto a otros.

En nuestro caso no contemplamos los 35 créditos que se nos exige, a pesar de cursar el 80% de la carga académica que regularmente se autoriza, es decir, en nuestra carrera, la carga académica que semestralmente se autorizan, son 5 materias, equivalentes a 40 créditos. En otras carreras la carga de 5 materias es equivalente a 50 créditos. Ahí se encuentra la desventaja, por tanto, nosotros al cursar 4 materias completamos sólo 8 créditos, en otras carreras, alumnos con la misma carga, tendrían 40 créditos. Por ello, solicitamos de las autoridades universitarias que las disposiciones en mención sean interpretadas armónicamente y se considere por igual la carga académica y no se nos discrimine a los que por alguna razón poderosa no pudimos completar el 100% de nuestra carga académica: el motivo principal, fue el que asistimos al verano de investigación científica, mismo que fue reconocido por nuestro H. Rector, y que por un empalme de fechas, nos provocó llegar desfasados dos semanas con respecto al inicio del semestre; por lo que consideramos incongruente el que no se nos deje participar en la elección a los consejos técnico y universitario por una interpretación absurda, del siglo XVIII.

Aunado a lo anterior, en tres semestres anteriores, hemos cursado una carga académica superior – 6 materias equivalentes a 48 créditos- al parámetro establecido.

Es decir, por un requisito burocrático, aplicado de manera restrictiva, se busca mantener la pasividad del alumnado, vedándole la posibilidad de tomar parte en las decisiones fundamentales de nuestra Universidad.


Todo esto a consecuencia de que nuestro órgano Universitarios, han acogido rezagos del sistema presidencialista y practicas del sistema político mexicano de partido hegemónico.

A pesar de lo anteriormente expuesto, se nos negó nuestro registro, para participar en las elecciones al consejo técnico y universitario, y se privó al alumnado la posibilidad de decidir entre un abanico más amplio de posibilidades.

Todo lo anterior, aumenta nuestra convicción de promover los cambios necesarios para el desarrollo de nuestra Universidad. Independientemente de que no seamos planilla con el registro, si somos Universitarios convencidos de que nuestra casa de estudios debe ser más que una mera maquiladora de expedición de títulos. No cumplimos literalmente el requisito establecido, la forma, pero en el fondo cumplimos por mucho la esencia de la fracción. Acudimos al Verano de la Investigación Científica, porque queremos desarrollarnos como estudiantes, y concientes de que eso abonará en nuestro futuro profesional. Si el aspirar y prepararse para tener más conocimientos y contribuir en el desarrollo democrático de nuestro país es la razón que nos impide oficialmente el registro, lo aceptamos.

Y de la misma forma invitamos a todos los alumnos que estén en nuestra Universidad por algo más que un título, a que se sumen y apoyen nuestro movimiento. A que abonen en la transformación de nuestra Universidad. A conformar juntos una Comisión para la Reforma Universitaria.


Ciudad Juárez, Chihuahua, Noviembre de 2007.


Atentamente:

Candidato Alternativo al Consejo Universitario:

C..E.D. Francisco Adrián Sánchez Villegas


Candidato Alternativo al Consejo Técnico

C.E.D. Carlos Alejandro Maass Porras


“Una verdadera alternativa, para la Transformación Universitaria”

1 comentario:

ANGIE dijo...

La finalidad de un universitario en derecho no es solo el adquirir conocimiento teórico, sino conjugarlo con el practico. El verano de investigación es un programa que fortalece dichos conocimientos y que genera entereza y visión de preparación posterior al universitario, razón por la que considero arbitraria la decisión que ha tomado la burocracia universitaria de Ciudad Juárez, respecto a los compañeros en cuestión optando por aplicar normas retrogradas que solo minimizan el valor del estudiante de la abogacía. Att. C. Angélica G. Bautista Díaz UAG.